EXTRANJERIA – ASESORES
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Avd. Arias de Velasco, 13 1º J
29601 · Marbella (Málaga) España
REAGRUPACIÓN FAMILIAR
Se encuentra en esta situación el extranjero que haya sido autorizado a permanecer en España, y haya conseguido su primera renovación, podrá acceder a dicha figura.
El extranjero podrá reagrupar:
Su cónyuge, sus hijos y los de su cónyuges incluidos los adoptados que sean menores de 18 años o incapacitados, los menores de 18 años o incapaces cuando el extranjero residente sea su representante legal y los ascendientes y los de su cónyuge, cuando dependan económicamente del extranjero residente.