EXTRANJERIA – ASESORES

Asesoramiento Jurídico online

Avd. Arias de Velasco, 13 1º J
29601 · Marbella (Málaga) España

PERMISOS DE TEMPORADA

Según establece el RD 2393/2004 de 30 de diciembre, establece que esta autorización permite el desarrollo de las siguientes actividades:

      1. De temporada o campaña. Su duración coincidirá con la del contrato o contratos de trabajo, con el límite máximo de nueve meses, dentro de un período de 12 meses consecutivos.
      2. De obras o servicios para el montaje de plantas industriales o eléctricas, construcción de infraestructuras, edificaciones y redes de suministro eléctrico, gas, ferrocarriles y telefónicos, instalaciones y mantenimientos de equipos productivos, así como su puesta en marcha y reparaciones, entre otros.
      3. De carácter temporal realizadas por personal de alta dirección, deportistas profesionales, artistas en espectáculos públicos, así como otros colectivos que se determinen mediante orden del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales a los exclusivos efectos de posibilitar la concesión de este tipo de autorización.
      4. Para la formación y realización de prácticas profesionales.

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