EXTRANJERIA – ASESORES

Asesoramiento Jurídico online

Avd. Arias de Velasco, 13 1º J
29601 · Marbella (Málaga) España

VISADOS

Diligencia válida y en vigor extendida en el pasaporte del extranjero que pretenda entrar en España o en Documento de viaje o, en su caso, en Documento aparte, salvo que reglamentariamente este dispensado de dicho requisito.

Clases de visado:

  1. De Transito: es el utilizado por el extranjero habilitado para atravesar el Espacio Schengen en viaje de un Estado que admite a dicho extranjero en un plazo no superior de 5 días o para permanecer en la zona de transito internacional de un aeropuerto español, durante la escalas o enlaces de vuelo.
  2. De Estancia: Habilita al extranjero la estancia en España hasta un máximo de tres meses con mas de dos o varias entrada.
  3. De Residencia: Habilitan al extranjero para residir o residir y trabajar en España por un plazo superior a 90 días.
  4. De Estudiante: Habilitan al extranjero para estudiar en España.
  5.  De Cortesía: Son los visados expedidos a los titulares de pasaporte diplomáticos, oficiales y de servicios o para personas del artículo 2 de la LoEx 4/2000 de 11 de enero.

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